Gobierno limita contratos de prestación de servicios y cargos de libre nombramiento desde 2027
Un tope del 25 % para nuevos contratos de prestación de servicios y del 60 % para cargos de libre nombramiento regirá desde el 1 de enero de 2027 en ministerios y departamentos administrativos, según la Circular Externa 08 del Dapre, firmada el 15 de octubre por Carlos Andrés Ríos Puerta.
El Gobierno de Abelardo de la Espriella ordenó a ministerios y departamentos administrativos frenar la contratación por prestación de servicios y limitar los nombramientos en cargos de libre nombramiento y remoción. Así lo establece la Circular Externa 08, firmada el 15 de octubre por el director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), Carlos Andrés Ríos Puerta.
La circular rige desde su expedición, pero sus metas se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027. Hace parte de la política de austeridad con la que el Ejecutivo busca reducir los gastos de funcionamiento del Estado.
Según el documento, cada entidad deberá sumar el número y el valor de los contratos firmados con personas naturales en 2025 y 2026, y ese total será su línea base. Las nuevas contrataciones no podrán superar el 25 % de esa cifra. El cálculo debe quedar documentado, ser verificable y no inflar la base ni duplicar contratos entre años.
Cargos de libre nombramiento y remoción
Las entidades solo podrán ocupar hasta el 60 % de esos cargos previstos en sus plantas. Quedan fuera del cálculo los ministros, directores de departamento, viceministros y subdirectores, así como los puestos que la ley obligue a llenar o que sean necesarios para mantener funciones esenciales.
La circular también establece que tener una vacante o presupuesto disponible no basta para llenarla. Cada entidad tendrá que demostrar la necesidad funcional, que no haya duplicidad, el impacto presupuestal y la correspondencia con las prioridades del Gobierno.
Excepciones y controles
Los límites podrán superarse en casos como obligaciones legales o judiciales, servicios esenciales, seguridad y protección, atención de emergencias, proyectos con recursos de destinación específica y compromisos internacionales. Toda excepción debe constar por escrito, con su fundamento, costo, duración y la razón por la que no se puede atender con personal existente.
Antes de pedir nuevos contratos o nombramientos, las entidades deben evaluar si pueden cumplir sus funciones con el personal actual, mediante redistribución de tareas, traslados, simplificación de trámites o automatización.
Cada trimestre, ministerios y departamentos deberán reportar al Dapre cuántos cargos de libre nombramiento tienen ocupados, cuántos contratos de prestación de servicios firmaron y por qué valor, qué excepciones aprobaron y cuánto han ahorrado. El Dapre hará el seguimiento.
La circular aclara que sus lineamientos deben aplicarse respetando la Constitución, la ley, los regímenes especiales, las órdenes judiciales y los derechos adquiridos.