Corte Constitucional ratifica que la Iglesia debe entregar datos de sacerdotes denunciados por abuso sexual
Con múltiples solicitudes de nulidad rechazadas, entre ellas las de la Conferencia Episcopal, la Corte Constitucional mantuvo la orden a diócesis y arquidiócesis de entregar información sobre sacerdotes denunciados o investigados por delitos sexuales contra menores, según se conoció el 22 de octubre
La Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó las solicitudes de nulidad presentadas por organizaciones de la Iglesia católica y ratificó la sentencia SU-184 de 2025, que obliga a diócesis y arquidiócesis a entregar información sobre clérigos denunciados o investigados por presuntos delitos sexuales contra menores de edad. La decisión se conoció este jueves 22 de octubre.
La decisión consta en un auto de 2026 fechado el 9 de septiembre, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero. Allí la Corte resolvió las solicitudes de nulidad, aclaración, adición, suspensión provisional y modulación presentadas contra la sentencia, entre ellas las de la Conferencia Episcopal de Colombia. Todas fueron negadas.
Entre quienes pidieron anular el fallo hubo una persona que alegó actuar “como fiel católica”. La Corte concluyó que esa condición, por sí sola, no acredita un interés legítimo, concreto y actual.
En el auto, el tribunal aplicó el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y distinguió el régimen del derecho de petición aplicable a organizaciones privadas del de las autoridades públicas. También subrayó que la información solicitada es un elemento central del periodismo de investigación.
La sentencia SU-184 de 2025 revisó 50 expedientes de tutela acumulados, 48 de ellos de solicitudes de los periodistas Juan Pablo Barrientos y Miguel Ángel Estupiñán a distintas autoridades eclesiásticas. La Corte encontró que varias entidades no respondieron o entregaron información incompleta.
Los periodistas han dicho que la Iglesia les entregó una fracción de los datos pedidos y que con ella revelaron los nombres de más de 600 sacerdotes señalados. La Iglesia se había negado a entregar la información con el argumento del secreto pontificio, y la Corte decidió que los expedientes no pueden mantenerse en reserva porque se afecta la libertad de prensa.
Con la decisión, el fallo queda en firme y las organizaciones religiosas deben entregar la información en los términos fijados para cada caso. Los expedientes se refieren a clérigos denunciados o investigados. Una denuncia o investigación no equivale a una condena.
Quedan por conocer los plazos de entrega y la respuesta de la Conferencia Episcopal y de las diócesis a la decisión.